Cómo actuar en caso de accidente de tráfico

Según las últimas estadísticas de siniestralidad publicadas por la DGT, en el año 2013 se produjeron un total de 89.519 accidentes de tráfico con víctimas. ¿Qué debemos hacer si somos perjudicados en un accidente de tráfico? ¿Podremos reclamar por los daños del vehículo y las lesiones que hayamos sufrido?

Lo primordial ante un accidente de tráfico es intentar mantener la calma. Ocurrido el accidente, deberíamos tener en cuenta los siguientes pasos:

  • En caso de haber heridos, llamar a los servicios sanitarios.
  • Llamar a la Policía competente (Mossos d’Esquadra, Policía Local, Guardia Civil, etc.) para la realización del correspondiente atestado.
  • Rellenar la Declaración Amistosa de accidente, recordad que es importante rellenar todos los datos y dibujar el croquis del accidente. La declaración deberá firmarse por ambos conductores.
  • Tomar nota de los testigos del accidente, nos será de utilidad en caso de acudir a la vía judicial. Debemos tener en cuenta como mínimo el nombre y apellidos y un número de teléfono.
  • Realizar fotografías del estado de los vehículos. Hoy en día todos solemos llevar encima nuestro teléfono móvil, por lo que nos será fácil poder acreditar visualmente el alcance del accidente.
  • Acudir al Servicio de Urgencias el mismo día del siniestro. Deberemos conservar el parte de lesiones facilitado por el Hospital o la Mutua.

Si a causa del accidente la persona ha requerido tratamiento de rehabilitación o cualquier otro tipo de tratamiento, deberemos ir guardando todos los justificantes acreditativos (pruebas médicas, informes, citas, etc.). Asimismo, guardaremos los tickets de los desplazamientos necesarios para estos tratamientos (por ejemplo billetes de autobús o recibos de parking).

Con todo ello, podremos iniciar la reclamación por daños y/o lesiones derivadas del accidente de tráfico, la cual comentaré en una próxima entrada.

Llegados a este punto, es muy importante verificar en el seguro del vehículo si tenemos la cobertura de “defensa jurídica”, ya que de ser así el perjudicado podrá designar libremente el abogado que le representará. Mi consejo en este caso es optar por un abogado de nuestra confianza, independiente y ajeno a la compañía de seguros. Al tener contratada la cobertura de “defensa jurídica”, los honorarios del abogado correrán a cargo de la compañía de seguros, con el límite previsto en la póliza.

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