El pasado 4 de Abril se inició el plazo para solicitar el borrador de la declaración, posibilitando la confirmación del mismo para aquellas declaraciones que tuvieran como resultado el ingresar mediante domiciliación en cuenta.
Mañana martes día 3 de Mayo de 2011 se inicia el período para presentar las declaraciones de Renta 2010 y confirmar los borradores de declaración con resultado a devolver, renuncias a la devolución, y los negativos a ingresar sin domiciliación en cuenta. Este plazo de presentación terminará el próximo Jueves día 30 de Junio de 2011.
Os adjunto el cuadro resumen de los contribuyentes que no están obligados a declarar:
Como novedades de este año, nos encontramos:
– La deducción de los 400.-€ por obtención de rendimientos del trabajo o actividades económicas, se aplica sólo a los contribuyentes que tengan como base imponible cuantías inferiores a 12.00.-€
– Nueva deducción por obras de mejora en vivienda habitual o en edificio donde está ubicada (para cuantías pagadas desde el 14 de Abril de 2010 hasta el 31 de Diciembre de 2012); siempre y cuando el abono de las facturas no se haga en metálico.
– Modificación en el tratamiento de las rentas del ahorro, las cuales se gravarán al 19% hasta 6.000.-€ y al 21% para cuantías superiores.
– Reducción por mantenimiento o creación de empleo; para determinadas actividades económicas y siempre y cuando se den una serie de requisitos establecidos.
– Exención de declarar la prestación por desempleo en su modalidad de pago único hasta la cuantía de 15.500.-€.
Recordad que para la realización de vuestra declaración de Renta, podéis acudir a los profesionales que se encargan de ello, podéis hacer uso del programa de ayuda Renta (PADRE) o solicitar cita previa para la realización de la misma en las diferentes oficinas de Hacienda.
Fuente cabecera y cuadro: Agencia Tributaria