Desde el pasado 1 de abril de 2014 ya estamos en el período de la campaña de la Declaración de la Renta. Como en otras ocasiones, os adjunto el cuadro resumen de los contribuyentes que no están obligados a declarar:
Este año hay diversas novedades, tanto respecto a la base liquidable, como respecto a las deducciones generales de la cuota íntegra, entre otros.
Por estos y otros motivos, siempre recomendamos verificar bien el borrador antes de confirmarlo, y en caso de duda contactar con un profesional que pueda realizarla. En caso de que el borrador tenga algún error, será el contribuyente quien responda, no la Agencia Tributaria. Lo mismo ocurre en el caso de realizar la declaración de la renta mediante el servicio de Cita Previa.
Las fechas a tener en cuenta para este año son:
– Desde el 01/abril/2014:
• Posibilidad de obtención del número de referencia del Borrador y/o datos fiscales.
• Confirmación del borrador.
• Modificación del borrador.
• Servicio telefónico de información tributaria.
– Desde el 08/abril/2014:
• Descarga gratuita del programa PADRE por Internet.
– Desde el 23/abril/2014:
• Presentación de las declaraciones realizadas con el programa PADRE u otros homologados, vía Internet.
– Desde el 05/mayo/2014:
• Presentación de las declaraciones no telemáticas, tanto en oficinas de Hacienda como en entidades financieras u otras colaboradoras.
• Se habilita el servicio Cita Previa para confeccionar declaraciones o modificar el borrador en las oficinas de Hacienda.
– Desde el 12/mayo/2014:
• Inicio del servicio de confección de declaraciones y modificación de borradores en las oficinas de Hacienda.
– 25/junio/2014:
• Fecha límite para domiciliaciones bancarias.
• Último día para presentar declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
– 27/junio/2014: Último día para solicitar el servicio Cita Previa.
– 30/junio/2014: Fin de la campaña Renta 2013.
• Hasta las 21.00 horas posibilidad de presentar el borrador confirmado o modificado telefónicamente.
• Hasta las 23.59 horas posibilidad de presentar la Declaración de Renta confeccionada o el borrador confirmado o modificado vía telemática.
Y, como siempre, para cualquier duda o comentario al respecto pueden contactar conmigo.
Fuente cabecera y cuadro: Agencia Tributaria